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Reino Unido No Respetó el Derecho de Autodeterminación de los Pueblos, Según Opinión Consultiva De La Corte Internacional de Justicia

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Reino Unido No Respetó el Derecho de Autodeterminación de los Pueblos, Según Opinión Consultiva De La Corte Internacional de Justicia

By Jérémie Swinnen
In febrero 25, 2019

La Corte Internacional de Justicia publicó el día de hoy, 25 de febrero de 2019 los resultados de la opinión consultiva realizada por la Asamblea General de las Naciones Unidas sobre las consecuencias legales de la separación del archipiélago de Chagos de la República de Mauricio. Un caso que involucra al Reino Unido.

La opinión consultiva pese a no ser jurídicamente vinculante constituye un fuerte revés para los intereses del Reino Unido que se han visto desfavorecidos por la opinión de la Corte, la cual sin duda alguna ejerce una gran influencia política por el propio peso de sus conclusiones basadas en derecho.

En resumidas cuentas, la Corte Internacional es de la opinión que:

a) El proceso de descolonización de Mauricio no se completó legalmente cuando ese país accedió a la independencia en 1968, tras la separación del archipiélago de Chagos.

b) El Reino Unido tiene la obligación de poner fin a su administración sobre el archipiélago de Chagos lo más rápidamente posible;

c) En calidad del contenido erga omnes que posee el derecho de autodeterminación de los pueblos, todos los Estados miembros están obligados a cooperar con las Naciones Unidas para completar la descolonización de Mauricio.

Dichas conclusiones fueron basadas principalmente en el derecho de autodeterminación de los pueblos -incluyendo el respeto a la integridad territorial- (derecho ya existente en los años del proceso de descolonización de Mauricio entre los años 1965-1968) tras considerar que los habitantes del territorio concerniente no gozaron del mismo. Dicho desprendimiento debería haber sido refrendado por un consentimiento “libre y genuino de las personas involucradas”, cuestión obviada por el Reino Unido, potencia administradora de dicho territorio al momento del desprendimiento del archipiélago.

“Any detachment by the administering Power of part of a non-self-governing territory, unless based on the freely expressed and genuine will of the people of the territory concerned, is contrary to the right to self-determination.”

Te compartimos a continuación el resumen del decisorio (en inglés) en caso que quieras ampliar la información.

 

Resumen del decisorio
Archipiélago de ChagosAutodeterminaciónMauricioPueblo

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Jérémie Swinnen

Abogado, egresado de la Universidad Católica Argentina (UCA), especializado en Derecho Internacional Público en la Universidad Católica de Lovaina (UCL) Bélgica, y en Derecho Penal y Justicia Internacional (UNICRI). Profesor en Derecho Internacional y Derecho Internacional Humanitario (UCA). Coordinador del Observatorio de Derecho Internacional. Actualmente trabaja para el Departamento de Estado de los Estados Unidos como Asesor legal especialista en Criminalidad Organizada Transnacional.

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